
Riba-roja es el embalse del Ebro que queda justo debajo de Mequinenza, con las aguas del Segre y del Matarraña, y se reparte entre Zaragoza, Huesca, Lleida y Tarragona. Tiene una particularidad que tienes que conocer antes de mojar la línea: cada orilla tiene su propia normativa. Las aguas aragonesas son el coto deportivo Mequinenza-Fayón, que gestiona la FAPYC, y las catalanas son la zona de pesca controlada EB-01 «Embassament de Riba-roja i Flix», de la Generalitat. Aquí te cuento qué especies hay, dónde y cuándo buscarlas, qué técnicas funcionan y qué cambia de una orilla a otra.
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Dónde está y cómo llegar
Especies que puedes pescar en Riba-roja
Las dos últimas columnas no se mezclan: lo que vale en una orilla no vale en la otra.
| Especie | ¿Está en el embalse? | Orilla aragonesa (coto Mequinenza-Fayón) | Orilla catalana (ZPC EB-01) |
|---|---|---|---|
| Siluro (Silurus glanis) | Sí | Se puede pescar. Puedes soltarlo o quedártelo: no es obligatorio sacrificarlo (PGP 2026, art. 14.1.c y anexo XII) | Solo en las áreas del anexo VI (abajo). Sacrificio obligatorio (apdos. 4.4, 4.10 y 7.3) |
| Carpa común (Cyprinus carpio) | Sí | Se puede pescar. Puedes soltarla o quedártela (PGP 2026, art. 14.1.c y anexo XII) | Sí. Sacrificio obligatorio (apdos. 4.10 y 7.3) |
| Black bass (Micropterus salmoides) | Sí | Se puede pescar. Puedes soltarlo o quedártelo (PGP 2026, art. 14.1.c y anexo XII) | Sí. Sacrificio obligatorio (apdos. 4.10 y 7.3) |
| Lucioperca (Sander lucioperca) | Sí | Se puede pescar. Puedes soltarla o quedártela (PGP 2026, art. 14.1.c y anexo XII) | Solo de las Illes de Muselló a la presa. Sacrificio obligatorio (anexo VI; apdos. 4.10 y 7.3) |
| Alburno (Alburnus alburnus) | Sí (*) | Se puede pescar. Puedes soltarlo o quedártelo (PGP 2026, art. 14.1.c y anexo XII) | No a propósito. Si cae, se sacrifica (apdos. 4.5 y 4.10) |
| Escardino o gardí (Scardinius erythrophthalmus) | Sí | Se puede pescar. Puedes soltarlo o quedártelo (PGP 2026, art. 14.1.c y anexo XII) | No a propósito. Si cae, se sacrifica (apdos. 4.5 y 4.10) |
| Rutilo (Rutilus rutilus) | Sí | No está en la lista del coto; se rige por el Plan General de Pesca. Puedes soltarlo o quedártelo (PGP 2026, art. 14.1.c y anexo XII) | No a propósito. Si cae, se sacrifica (apdos. 4.5 y 4.10) |
| Carpín (Carassius spp.) | Consultar fuentes oficiales | Se puede pescar. Puedes soltarlo o quedártelo (plan anual del coto 2026) | Si cae, se sacrifica como invasora (apdo. 4.6) |
| Perca europea (Perca fluviatilis) | Sí (**) | No está en la lista del coto | No a propósito. Si cae, se sacrifica (apdos. 4.5 y 4.10) |
| Barbo común o de Graells (Luciobarbus graellsii) | Consultar fuentes oficiales | No está en la lista del coto. Devolverlo siempre, vivo y con el menor daño posible (PGP 2026, art. 8.1) | Autóctona en zona «sense mort»: se devuelve (Generalitat, permisos) |
| Lucio (Esox lucius) | Consultar fuentes oficiales | No: prohibido pescarlo a propósito (art. 15.2). Sacrificarlo si lo capturas (art. 14.2.d) | No a propósito. Si cae, se sacrifica (apdos. 4.5 y 4.10) |
| Pez gato (Ameiurus melas) y pez sol (Lepomis gibbosus) | Consultar fuentes oficiales | Sacrificarlos siempre (art. 14.3) | No a propósito. Si caen, se sacrifican (apdos. 4.5 y 4.10) |
| Cangrejo rojo (Procambarus clarkii) | Consultar fuentes oficiales | Solo con reteles y en el cauce principal del Ebro (anexo XIII). Solo pesca extractiva, con sacrificio inmediato (art. 14.7.d) | Prohibido, salvo programas de control autorizados (apdo. 4.9) |
| Todas las especies | — | Lo que te quedes no se puede mantener vivo en el agua: ni rejones, ni stringers, ni viveros, salvo en competiciones autorizadas. Las exóticas sacrificadas se pueden llevar ya muertas para consumo propio, compostaje o contenedor de fracción resto (art. 14.3.a) | No se mantienen vivas en el agua, salvo en competiciones. Las exóticas, ya muertas, para consumo, compost o fracción resto (apdos. 4.10 y 7.3) |
(*) En el censo de peces de la CHE de 2008, el alburno y el rutilo, por este orden, dominan en número, con densos bancos de alburnos (estudio censal de Ribarroja).
(**) Según la cartografía del Catálogo español de especies exóticas invasoras (MITECO, cuadrículas de 10 × 10 km, 2019), que la sitúa en el embalse; el censo de la CHE de 2008 no la capturó.
Áreas del anexo VI donde se puede pescar el siluro en la orilla catalana (Resolución ARP/902/2026):
- De las Illes de Muselló a la presa de Riba-roja.
- De la presa de Riba-roja y la confluencia con el barranco de Taberner (Matarraña) al límite provincial Lleida-Zaragoza, a la altura del Mas del Capità (Segre-Cinca).
- De las Bombes de l’INI al límite del término de Flix.
Mejores zonas de pesca
Orilla aragonesa: coto Mequinenza-Fayón
El coto empieza en la presa de Mequinenza, en las dos márgenes. En el Segre, arranca en las Minas de La Granja d’Escarp por la margen izquierda y en el punto kilométrico 316,2 de la N-211 por la derecha. Abajo, en el Ebro, termina en La Vall de Burs por la margen izquierda (sin la orilla del término de Almatret) y en la desembocadura del Matarraña por la derecha. En el Matarraña incluye toda la margen izquierda desde la toma de agua de Nonaspe. En total son 62 km (plan anual del coto 2026).
La FAPYC lo divide en dos sectores:
- El Siluro (Mequinenza): El Muro, Aubera-Refugio, Della Segre-Las Minas, Riols-Espigón y La Sirga-Presa-Pueblo Viejo.
- Reixaga (Fayón): La Reixaga y Refugio-Nuevo.
Orilla catalana: ZPC EB-01 Riba-roja i Flix
La zona de pesca controlada va de la confluencia del Segre y el Cinca, sin el refugio de la Illa dels Martinets, hasta la presa de Flix, así que incluye también el embalse de Flix, aguas abajo de la presa de Riba-roja. Abarca el Ebro, el Matarraña y el Segre, con 74,8 km y 601,8 ha, en los municipios de Flix, La Granja d’Escarp, La Pobla de Massaluca y Riba-roja d’Ebre (anexo V, DOGC 15-abr-2026). La Generalitat tiene mapas de detalle de sus tres tramos: Almatret, La Granja d’Escarp y Riba-roja i Flix.
Dónde buscar cada especie
El siluro está en las zonas profundas y con estructura u obstáculos, y se pesca sobre todo desde barca.
La carpa se mueve por las entradas de los afluentes y los brazos del embalse: la confluencia del Segre y el Cinca y la entrada del Matarraña en Fayón.
Zonas con restricciones
Orilla aragonesa. Desde embarcación no puedes pescar a menos de 400 m de la presa. En el escenario deportivo de El Muro, balizado con boyas a lo largo de 1.000 m, las líneas no pueden pasar de 50 m desde la orilla (plan anual del coto 2026). Además, el tramo que va de la confluencia del Cinca y el Segre al punto kilométrico 316,2 de la N-211, en Torrente de Cinca y Mequinenza, es el vedado nº 44 (PGP 2026, anexo III).
Orilla catalana. La Illa dels Martinets (la isla y la orilla) y las Illes Muselló (solo la isla) son refugios de pesca (anexo III). Tampoco puedes pescar más allá de 50 m de la caída del agua de la presa de Flix, y las competiciones tienen prioridad de uso en la zona (anexo V).
Mejor época y horarios
Legalmente puedes pescar todo el año en las dos orillas. El siluro se mueve de primavera a otoño, y está más activo al atardecer y de noche. El black bass es de temporada cálida, de abril a noviembre, y tiene más actividad en verano.
Ojo con esas horas de noche: la pesca nocturna solo es legal en la orilla catalana.
Qué cambia de una orilla a otra
Antes de ir, contrasta todo esto con la normativa oficial vigente: en Aragón, el Plan General de Pesca de Aragón 2026 y el plan anual del coto 2026; en Cataluña, la Resolución ARP/902/2026 y su anexo V; y para navegar, las normas de la CHE.
| Orilla aragonesa (coto Mequinenza-Fayón) | Orilla catalana (ZPC EB-01) | |
|---|---|---|
| Permiso | Permiso del coto, expedido en Aragón | Permiso de la EB-01, que solo vale en aguas catalanas |
| Horario | De una hora antes del amanecer a las 23 h; el siluro, de 6 a 23 h | Las 24 horas: se puede pescar de noche |
| Siluro y demás exóticas pescables | Captura y suelta voluntaria | Se sacrifican siempre |
| Curricán | Prohibido | Permitido, con dos cañas por embarcación como máximo |
| Cebado del agua | Prohibido, salvo en entrenamientos y eventos federados, y solo desde la orilla | Prohibido, salvo en competiciones federadas autorizadas y sus entrenamientos de los 20 días anteriores, y solo desde la orilla |
| Cebos prohibidos | Cualquier pez, vivo o muerto, o sus partes, y cualquier especie exótica o sus partes o derivados | Peces vivos o muertos, crustáceos y moluscos, y sus restos o derivados (también los pellets de pescado) |
Licencia: vale cualquiera de las tres
El Ebro desde la presa de Mequinenza hasta la de Flix, el Segre desde su confluencia con el Cinca y el tramo final del Matarraña son aguas compartidas. En ellas te vale la licencia de Aragón, la de Cataluña o la interautonómica, desde la orilla o desde embarcación, siempre que haya reciprocidad (PGP 2026, art. 1.2 y 1.3; ARP/902/2026, apdo. 10.1). Lo que cambia es el permiso: cada orilla tiene el suyo.
Orilla aragonesa: coto Mequinenza-Fayón
Permiso. En aguas aragonesas se pesca con la normativa de Aragón y con el permiso del coto, que puedes sacar en la web de la FAPYC o en los puntos de venta. Es diario, semanal o anual, en la categoría «Ciprinícola C&S».
Calendario y horario. Se pesca todo el año, desde una hora antes del amanecer hasta las 23 h. Al siluro, de 6 a 23 h todos los días. En las competiciones oficiales de carpfishing el horario puede ser de 24 h.
Cebos. Puedes usar vegetales y productos alimenticios en origen, mezclados o elaborados; insectos y lombrices de especies autóctonas, vivos o muertos; partes de animales (salvo de peces), huevos y embriones de especies autóctonas; y cualquier cebo artificial. No puedes usar ningún pez, vivo o muerto, ni sus partes, ni ninguna especie exótica, viva o muerta, ni sus partes o derivados (PGP 2026, art. 3.1 y 9).
Cebado. Cebar el agua está prohibido. Solo se permite en entrenamientos y eventos deportivos federados, y desde la orilla (art. 10.2).
Cañas y distancias. Como máximo, dos cañas por pescador. Si alguien lo pide, hay que dejar 10 m entre pescadores, y 25 m en carpfishing. Entre embarcaciones, más de 50 m, salvo al embarcar y desembarcar.
Otras prohibiciones. El curricán está prohibido, entendido como arrastrar el aparejo desde una embarcación a motor en movimiento. Tampoco se permiten las nasas y redes (salvo los reteles para el cangrejo rojo y las sacaderas), la pesca a mano y con arpón, la boya de fondo ni los rejones o stringers para mantener los peces en el agua, salvo en campeonatos. No puedes filetear las capturas en todo el coto, y las botas con suela de fieltro están prohibidas.
Orilla catalana: ZPC EB-01 Riba-roja i Flix
Permiso. Es de ciprínidos y «sense mort», y se tramita en gen.cat/permispesca. Puede ser diario, semanal o anual. El semanal solo existe en esta zona, y el anual es solo para socios y socios ribereños. Si tienes licencia aragonesa y quieres el permiso telemático, pídelo a la Dirección General de Boscos i Gestió del Medi, con copia de la licencia y al menos 7 días de antelación (ARP/902/2026, apdo. 10.1).
Calendario y horario. Se pesca todo el año, sin días de descanso, de 00.00 a 24.00 h.
Anzuelos. Con cebo natural, anzuelo simple con arponcillo y como máximo dos por línea. Con señuelos, se permiten los triples con arponcillo.
Cebos. Se permiten los artificiales y los naturales que no prohíba la Ley 22/2009. En todas las aguas de Cataluña está prohibido usar como cebo peces vivos o muertos, crustáceos o moluscos de cualquier especie, y sus restos o derivados, y eso incluye los pellets de pescado (apdo. 6.1).
Cebado. El cebado (grumeig) está prohibido. Solo pueden hacerlo los federados en competiciones autorizadas y en sus entrenamientos de los 20 días anteriores, y solo desde la orilla. Desde una embarcación, nunca (apdo. 6.3).
Cañas y curricán. Como máximo, dos cañas por pescador, a menos de 10 m de ti. El curricán está permitido en los embalses de aguas de ciprínidos, con un máximo de dos cañas por embarcación (apdos. 6.2.b y 7.1).
Otras normas. No puedes filetear las capturas in situ, las suelas de fieltro están prohibidas y se recomienda usar sacadera. Todo el material se limpia, se desinfecta y se seca.
Técnicas y señuelos que funcionan
Lo que te cuento aquí es legal en las dos orillas: pesca con señuelos artificiales, sin peces ni derivados de pescado como cebo y sin cebar el agua. Si quieres pescar al curricán, recuerda que solo puedes hacerlo en la orilla catalana, con un máximo de dos cañas por embarcación.
Siluro
El siluro se pesca al lance, a spinning o a casting, con señuelos grandes, desde barca o kayak y lanzando mucho para cubrir las zonas por donde se mueve.
La otra opción es la pesca vertical con clonk desde embarcación, con la sonda. Presenta un señuelo artificial, nunca un pez ni partes de pez.
Para los dos sistemas necesitas equipo fuerte y a punto: caña potente, trenzado grueso y un bajo de línea resistente. Para elegirlo, mira la guía de trenzado y fluorocarbono.
Black bass
Al black bass se le pesca a lance con señuelos artificiales, a spinning o a casting, normalmente desde embarcación, y los vinilos son una buena opción.
Lucioperca
La lucioperca se pesca también a lance con señuelos, en salidas desde barca en las que se buscan varios depredadores a la vez. Recuerda que en la orilla catalana solo la puedes pescar de las Illes de Muselló a la presa de Riba-roja.
Normativa
Riba-roja tiene dos normativas, una por orilla (consultadas el 19 de octubre de 2026), y tienes todos los detalles en las páginas de normativa y licencias de pesca en Aragón y de normativa y licencias de pesca en Cataluña.
Siguiente embalse de la serie: Pesca en el embalse de Orellana
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