Antes de pescar, mira la norma vigente. Las licencias, las vedas y los cotos dependen de cada comunidad y cambian cada temporada. Lo que te cuento aquí es una guía: antes de salir, consulta siempre la normativa oficial en vigor de la comunidad donde vas a pescar: Andalucía (BOJA), Aragón (BOA), Cantabria (BOC), Castilla-La Mancha (DOCM), Castilla y León (normativa de pesca de la Junta), Cataluña (DOGC), Extremadura (DOE), Álava (BOTHA), Galicia (DOG), Asturias (Pesca Fluvial del Principado), Navarra (Pesca, navarra.es), La Rioja (normas para el ejercicio de la pesca), Comunidad de Madrid (Orden 815/2026), Comunitat Valenciana (periodos hábiles, DOGV), Región de Murcia (BORM), Mallorca (Consell de Mallorca), Menorca (Consell Insular). La licencia interautonómica está en el BOE.
Para pescar en un río o un embalse de España necesitas la licencia de pesca de la comunidad autónoma donde vas a pescar. Aquí hablo solo de pesca continental, la de agua dulce: la de mar va por otro lado y no la trato en esta sección.
En esta página tienes, comunidad a comunidad, dónde se saca la licencia y qué norma manda esta temporada, con el enlace oficial. Si pescas en varias comunidades, mira también la licencia interautonómica, y para las fechas de cada temporada tienes la página de vedas y calendario de pesca.
Qué licencia necesitas
La regla es sencilla: la licencia es de la comunidad donde está el agua, no de la comunidad donde vives. Si pescas en Extremadura, te hace falta la de Extremadura; si cruzas a Castilla-La Mancha, la de Castilla-La Mancha. Hay excepciones en las aguas que comparten dos comunidades, y te las cuento en cada ficha.
Tienes tres casos:
- Solo pescas en una comunidad: te basta su licencia autonómica. Suele ser la opción más barata, y en algunas comunidades es gratuita para ciertos grupos o para todo el mundo.
- Pescas en varias comunidades: la licencia interautonómica cuesta 25 € y vale un año en las comunidades que forman parte del convenio, según el convenio publicado en el BOE. En la tabla de abajo tienes, comunidad a comunidad, si la acepta o no según su web oficial.
- Pescas en una comunidad que no acepta la interautonómica: allí necesitas su propia licencia. La única salvedad que tengo comprobada es Cataluña, donde la interautonómica vale solo en las aguas que comparte con Aragón.
La licencia no lo es todo. En los cotos y zonas de pesca controlada suele hacer falta además un permiso de pesca, y para meter una barca o un pato en un embalse hay normas de navegación aparte, que tienes en navegación de pesca y mejillón cebra.
Licencia de pesca por comunidad autónoma
Estas son las comunidades de las que ya tengo la información oficial comprobada. En cada fila tienes la ficha con todos los detalles, dónde se tramita la licencia, la norma de pesca de esta temporada y si acepta la interautonómica según la web oficial de la comunidad.
En el País Vasco la normativa va por territorio histórico. En la ficha tienes las normas de Álava y lo básico de Gipuzkoa, donde hace falta un pase de pesca diario en todo el territorio, gratuito fuera de los cotos. Para Bizkaia, consulta la Diputación Foral de Bizkaia.
Canarias: para pescar en aguas continentales, consulta al Cabildo de cada isla.
Cómo sacar la licencia
En casi todas las comunidades que ya he revisado la licencia se puede sacar por internet, y en varias también en persona. Te dejo cómo funciona cada una según su web oficial:
- Andalucía: antes de la primera licencia tienes que inscribirte en el Registro Andaluz de Caza y Pesca Continental, que te da un número llamado NIR; para pescar no hace falta examen ni curso. Con certificado digital el NIR sale en el propio formulario, y sin él lo pides en la Delegación Territorial de tu provincia. Después la licencia se saca por internet, por uno, tres o cinco años. Lo explica la Junta en cómo obtener la licencia.
- Aragón: la gestiona el INAGA, con renovación por correo electrónico o postal y domiciliación, y también puedes pedirla en sus oficinas de Zaragoza, Huesca y Teruel.
- Asturias: con el trámite AUTO0026T01 de miPrincipado, con certificado digital o en persona, también en el Negociado de Pesca de Oviedo. Sirve para la autonómica y para la interautonómica, y la licencia dura uno o cinco años.
- Cantabria: se tramita en SOLIA, con certificado electrónico, sin certificado o con Cl@ve, y se paga con tarjeta. Desde ahí también se pide la de un menor a tu cargo. Ojo: en Cantabria está prohibido pescar desde embarcación o cualquier aparato de flotación.
- Castilla-La Mancha: por internet en la plataforma DIANA, pagando con tarjeta, o en persona en las oficinas de la Junta y en entidades colaboradoras. Para quien reside en Castilla-La Mancha la licencia anual es gratuita.
- Castilla y León: por internet, y quien ya tiene licencia recibe la renovación de oficio en su correo electrónico. En 2026 y 2027 cuesta 0 € para todo el mundo, por la bonificación del 100 % de la Ley 2/2025, y es quinquenal.
- Cataluña: la licencia de pesca recreativa de superficie sirve para aguas continentales y marítimas, y la hay de uno, dos, tres o cuatro años, además de turísticas de uno, dos y quince días. Es gratuita para menores de 18 años, mayores de 65 y personas con una discapacidad igual o superior al 33 %. En las zonas de pesca controlada hace falta además el permiso de la zona.
- Comunidad de Madrid: por internet en la sede de la Comunidad de Madrid, que te da al momento una licencia provisional de un mes mientras te llega la definitiva por correo. Cuesta 15 € al año y se saca de uno a cinco años; no pagan los mayores de 65, los mayores de 60 con pensión pública ni las personas con discapacidad del 33 % o más.
- Comunitat Valenciana: por internet, al momento, si ya constas en el registro de cazadores y pescadores de la Comunitat, o en papel en los Servicios Territoriales de Alicante, Castellón y Valencia. Cuesta 10,39 € al año; todo está en el procedimiento 681.
- Extremadura: desde el 5 de agosto de 2026 la licencia autonómica tiene una bonificación del 100 %, así que no se paga (Ley 2/2026 de Presupuestos de Extremadura). Se saca en línea con la plataforma ARADO (sin certificado electrónico), por declaración responsable enviada por correo electrónico o por registro, con solicitud en papel o en línea en juntaex.es o en persona en la oficina de licencias de Mérida. ARADO todavía no expide licencias a menores ni a personas sin DNI.
- Galicia: en la sede de la Xunta, con el procedimiento MT806A, con Chave365 o certificado digital. La clase A, de un año, cuesta 20,35 €, y no pagan los menores de edad ni los mayores de 65.
- Illes Balears: la tramita el Consell de cada isla. En Mallorca, en la sede del Consell, solo con certificado digital; en Menorca, en el Servei d’Atenció Ciutadana del Consell Insular. En Mallorca, los vedados de Cúber y Gorg Blau piden además una autorización del Consell.
- La Rioja: para la primera licencia tienes que aprobar el examen del pescador o un curso, presencial u online. Después la pides al Gobierno de La Rioja desde sus trámites de pesca; cuesta 13,64 € un año y 61,67 € cinco años.
- Navarra: en la página de tramitación de la licencia de pesca del Gobierno de Navarra. Cuesta 12 € y vale un año, y es obligatoria desde los 13 años.
- País Vasco: la licencia de pesca fluvial del País Vasco vale en todo el País Vasco, pero solo con el justificante de la tasa anual. En Álava se tramita en la sede de la Diputación Foral y en Gipuzkoa, en la sede de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
- Región de Murcia: por internet con el procedimiento 1707 de la sede de la CARM o en persona en sus oficinas de registro. Cuesta 10 € al año, con un 80 % de descuento para los empadronados en la Región.
Los precios, las exenciones y los plazos de cada comunidad los tienes en su ficha, con el enlace oficial al lado.
Cotos, vedas y navegación
Con la licencia en el bolsillo todavía te quedan tres cosas por mirar:
- Vedas y periodos hábiles: qué especies puedes pescar, en qué fechas y con qué horario. Las tienes por comunidad en vedas y calendario de pesca.
- Cotos: en los cotos y zonas de pesca controlada suele hacer falta un permiso, además de la licencia. En cada ficha de comunidad te digo dónde se pide.
- Navegación: para pescar desde barca o pato hay que cumplir las normas del organismo de cuenca y, en algunos embalses, las de la comunidad. Lo explico en navegación de pesca y mejillón cebra.
Dónde pescar en cada comunidad
Si ya sabes qué licencia necesitas y buscas sitio, en Dónde pescar por comunidad autónoma tienes los embalses de cada comunidad, con la guía de cada uno. Cada guía de embalse lleva su propio apartado de normativa, con las reglas de ese embalse.
Recuerda: esta página es orientativa y las normas cambian cada temporada. Antes de pescar, consulta siempre la normativa vigente en la fuente oficial: Andalucía (BOJA), Aragón (BOA), Cantabria (BOC), Castilla-La Mancha (DOCM), Castilla y León (normativa de pesca de la Junta), Cataluña (DOGC), Extremadura (DOE), Álava (BOTHA), Galicia (DOG), Asturias (Pesca Fluvial del Principado), Navarra (Pesca, navarra.es), La Rioja (normas para el ejercicio de la pesca), Comunidad de Madrid (Orden 815/2026), Comunitat Valenciana (periodos hábiles, DOGV), Región de Murcia (BORM), Mallorca (Consell de Mallorca), Menorca (Consell Insular) y, para la interautonómica, el BOE. Escuela de Pesca no se hace responsable de los cambios normativos posteriores a la publicación de esta página.
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