Antes de pescar, mira la norma vigente. Las vedas las fija cada comunidad, cambian cada temporada y tienen muchas excepciones por tramo, coto y embalse. Esta página es un resumen: antes de salir, consulta siempre la orden en vigor de la comunidad donde vas a pescar: Andalucía (BOJA), Aragón (BOA), Cantabria (BOC), Castilla-La Mancha (DOCM), Castilla y León (normativa de pesca de la Junta), Cataluña (DOGC), Extremadura (normativa de Pesca y ríos), Álava (BOTHA), Galicia (DOG), Asturias (Pesca Fluvial del Principado), Navarra (Pesca, navarra.es), La Rioja (normas para el ejercicio de la pesca), Comunidad de Madrid (Orden 815/2026), Comunitat Valenciana (periodos hábiles, DOGV), Región de Murcia (BORM) y Mallorca (Consell de Mallorca).
La veda es el tiempo en el que no se puede pescar una especie, o en un tramo concreto, y el periodo hábil es justo lo contrario: las fechas, los días y el horario en que sí puedes. En España no hay una veda nacional para el agua dulce: cada comunidad publica su orden de pesca y ahí manda lo que diga. Por eso aquí tienes, comunidad a comunidad, la norma de 2026 y lo más general de su calendario, sobre todo el de la trucha, que es la que más cambia de una a otra.
Lo que te pongo es la regla general. Casi todas las órdenes tienen excepciones por tramo, por coto o por embalse, así que antes de ir a un sitio concreto busca ese sitio en la orden. Los cotos tienen su propio calendario, que fija su plan de pesca.
Contenido
Andalucía
Norma: Orden de 13 de enero de 2023, de vedas y periodos hábiles de pesca continental (BOJA nº 15), con las modificaciones que la Junta va publicando en su página de vedas y periodos hábiles.
- Trucha común: solo se pesca en los cotos de trucha común y en las aguas trucheras que no son refugio de pesca, y siempre en captura y suelta. Su periodo hábil general va del 1 de mayo al 15 de octubre, con excepciones como el tramo libre del río Zumeta compartido con Castilla-La Mancha.
- Otras especies: los barbos y la boga también se devuelven al agua, y la pesca de la anguila sigue prohibida.
- Cambios de esta temporada: la Junta ha modificado por resolución el periodo hábil de algunos embalses, como Cuevas de Almanzora, La Fernandina y los de la zona de Guadalcacín II, Zahara-El Gastor, Los Hurones, Bornos y Arcos.
Ficha: licencia de pesca en Andalucía.
Aragón
Norma: Plan General de Pesca de Aragón, Orden MAT/1888/2025 (BOA nº 6, 12 de enero de 2026). El Gobierno de Aragón lo resume en su folleto de la temporada 2026.
- Trucha común en captura y suelta: como norma general, en las aguas trucheras de captura y suelta el periodo hábil va del tercer sábado de marzo al 15 de octubre, y todos los días de ese periodo son hábiles. En aguas de alta montaña va del 1 de junio al 15 de octubre, y los cotos sociales y deportivos tienen sus propias fechas.
- Cotos: los deportivos siguen su plan técnico y sus planes anuales de aprovechamiento.
Ficha: licencia de pesca en Aragón.
Asturias
Norma: Resolución de 24 de octubre de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, de normas para la pesca en aguas continentales durante la campaña 2026, corregida por una Resolución de 2 de febrero de 2026. Las tienes en la página de publicaciones y legislación de Pesca Fluvial del Principado, junto con la cartografía de los cotos salmoneros y trucheros.
Ficha: licencia de pesca en Asturias.
Cantabria
Norma: Orden DES/02/2026 (BOC nº 12, 20 de enero de 2026).
- Trucha común: del 1 de abril al 31 de julio, con excepciones por cuenca recogidas en los anexos.
- Resto de especies: también del 1 de abril al 31 de julio, salvo excepciones. El cangrejo señal, del 1 de julio al 15 de octubre, con excepciones en la cuenca del Ebro.
- Días hábiles: solo martes, miércoles, viernes, sábados y domingos, además de los festivos nacionales o regionales dentro del periodo hábil, salvo excepciones. La orden también fija el horario mes a mes.
Ficha: licencia de pesca en Cantabria.
Castilla-La Mancha
Norma: Orden 20/2026 de vedas de pesca (DOCM nº 29, 12 de febrero de 2026). La Junta tiene un página sobre la orden de vedas de este año.
- Aguas no trucheras: se puede pescar con caña todo el año, con cebos no prohibidos y respetando los cupos y tallas mínimas. La trucha común, en estas aguas, solo sin muerte.
- Aguas trucheras: en baja montaña, del 1 de abril al 30 de septiembre; en alta montaña, del 1 de mayo al 15 de octubre, con excepciones provinciales. Fuera de esas fechas no se puede pescar ninguna especie, salvo en los tramos señalizados como «régimen especial de ciprínidos». Dentro del periodo, todos los días son hábiles, salvo en los cotos.
Castilla y León
Norma: Orden MAV/1570/2024, normas reguladoras de la pesca en Castilla y León, y para los cotos de 2026, la Orden MAV/1506/2025 (BOCYL, 9 de enero de 2026).
- Aguas no trucheras de acceso libre: todos los días del año.
- Aguas trucheras de acceso libre: en Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora, todos los días desde el último sábado de marzo hasta el 31 de julio; en Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid, desde el tercer sábado de marzo hasta el 31 de julio. En los dos casos hay excepciones por provincia.
- Cotos, escenarios deportivo-sociales y aguas en régimen especial: según su plan de pesca.
Cataluña
- Trucha común en aguas de baja montaña: con muerte, del 21 de marzo al 30 de agosto; sin muerte, del 21 de marzo al 12 de octubre.
- Trucha común en aguas de alta montaña: con muerte, del 9 de mayo al 30 de agosto; sin muerte, del 9 de mayo al 12 de octubre.
- Zonas intensivas: tienen su propio calendario, y en las de baja montaña la pesca sin muerte está abierta todo el año.
Ficha: licencia de pesca en Cataluña.
Comunidad de Madrid
Norma: Orden 815/2026, de 27 de marzo, de vedas y regulación especial de la pesca continental en ríos, arroyos y embalses de la Comunidad de Madrid. Si al acabar 2026 no hay orden nueva, se prorroga sola.
- Trucha en la zona truchera: desde el segundo domingo de marzo hasta el tercer domingo de julio, ambos incluidos.
- Jueves: en toda la zona truchera son inhábiles los jueves que no sean festivos nacionales o de la Comunidad de Madrid, salvo en los cotos, que tienen sus propios días.
Comunitat Valenciana
Norma: no hay orden nueva cada año. Rige la Orden 30/2016, de 31 de octubre, de periodos hábiles y normas generales de la pesca recreativa en aguas continentales, modificada por la Resolución de 16 de septiembre de 2024 (DOGV nº 9961, 21 de octubre de 2024), que también actualiza los acotados y las zonas prohibidas.
Extremadura
Norma: Orden de 7 de noviembre de 2022, general de vedas de pesca (DOE nº 220), modificada en algunos tramos por la Resolución de 18 de marzo de 2026 (DOE nº 59). Todo está en la página de normativa de Pesca y ríos.
- Aguas libres: las especies objeto de pesca se pueden pescar todo el año. Los vedados y los tramos sin muerte siguen su cuadro de tramos, y los cotos, su plan de gestión.
- Trucha común: en aguas libres se devuelve al agua siempre, salvo en los vedados con temporada abierta.
- Horario: con carácter general, desde una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta, con algunos tramos de horario libre desde puesto fijo.
Ficha: licencia de pesca en Extremadura.
Galicia
Norma: Orde do 11 de decembro de 2025, normas de pesca continental para 2026 (DOG nº 246, 22 de diciembre de 2025). Las vedas están en su anexo XIII y los regímenes especiales, en el anexo XIV. La Xunta lo resume en la Guía da pesca fluvial 2026.
- Salmón: en 2026 está vedado.
Ficha: licencia de pesca en Galicia.
Illes Balears
Norma: en Mallorca, la normativa de pesca fluvial (la Ley 6/2006, el Decreto 71/2004 de especies y tallas mínimas y las resoluciones sobre la carpa y las especies invasoras) está en la página de pesca fluvial del Consell de Mallorca. Los vedados de Cúber y Gorg Blau piden una autorización del Consell. En Menorca, las únicas aguas fluviales están en s’Albufera des Grau, con su propio plan de ordenación.
La Rioja
Norma: Orden AGM/6/2026, que fija los periodos hábiles y las normas de pesca de esta temporada. La tienes en la página de normas para el ejercicio de la pesca del Gobierno de La Rioja.
Ficha: licencia de pesca en La Rioja.
Navarra
Norma: el Gobierno de Navarra publica la norma de pesca de cada temporada en su página de Pesca. Consúltala allí antes de ir.
Ficha: licencia de pesca en Navarra.
País Vasco (Álava)
Norma: en Álava, la Orden Foral 63/2026 (BOTHA nº 29, 9 de marzo de 2026), y la Diputación tiene su página de normativa de caza y pesca.
- Salmónidos en tramos libres: del 14 de marzo al 30 de junio de 2026; en el tramo libre de salmónidos del río Zadorra, hasta el 31 de julio.
- Ciprínidos en tramos libres: desde el 14 de marzo de 2026 hasta la apertura de la temporada 2027/2028.
- Días hábiles: todos los días de la semana dentro de cada temporada, salvo en los cotos de trucha, que tienen sus días en el anexo de la orden.
En el País Vasco cada territorio histórico publica su orden. En Gipuzkoa rige la Orden Foral FA-OB-2026-0355 (BOG nº 57, 26 de marzo de 2026), con su página de normativa de pesca; para Bizkaia, consulta la Diputación Foral de Bizkaia.
Región de Murcia
Norma: Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor sobre disposiciones generales de vedas para la pesca fluvial del año 2026 (BORM nº 100, 4 de mayo de 2026). Los cotos están en su anexo I, y la CARM lo resume en su página de periodos y vedas de pesca.
Canarias
Canarias: para pescar en aguas continentales, consulta al Cabildo de cada isla.
Veda de la trucha
La trucha común es la especie con más diferencias de una comunidad a otra, como ves arriba: en Cantabria se abre el 1 de abril, en Cataluña el tercer sábado de marzo en baja montaña, en la zona truchera de Madrid el segundo domingo de marzo, en Andalucía el 1 de mayo, y en varias comunidades solo se puede pescar sin muerte. Estoy preparando una página solo para la veda de la trucha, con la apertura y el cierre en cada comunidad. Mientras tanto, en la ficha de la trucha común tienes la especie y en pesca sin muerte cómo devolverla bien al agua.
Antes de ir a un embalse
Si vas a un embalse concreto, cada guía de embalses tiene su apartado de normativa con las fechas y las excepciones de ese sitio. Para encontrar los de tu zona, mira Dónde pescar por comunidad autónoma. Y recuerda que, además de la veda, necesitas tu licencia: lo tienes en licencias de pesca por comunidad y, si pescas en varias, en la licencia interautonómica.
Recuerda: esta página es orientativa y las vedas cambian cada temporada. Antes de pescar, consulta siempre la orden en vigor en la fuente oficial: Andalucía (BOJA), Aragón (BOA), Cantabria (BOC), Castilla-La Mancha (DOCM), Castilla y León (normativa de pesca de la Junta), Cataluña (DOGC), Extremadura (normativa de Pesca y ríos), Álava (BOTHA), Galicia (DOG), Asturias (Pesca Fluvial del Principado), Navarra (Pesca, navarra.es), La Rioja (normas para el ejercicio de la pesca), Comunidad de Madrid (Orden 815/2026), Comunitat Valenciana (periodos hábiles, DOGV), Región de Murcia (BORM) y Mallorca (Consell de Mallorca). Escuela de Pesca no se hace responsable de los cambios normativos posteriores a la publicación de esta página.
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